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Empleo público en Euskadi

La Ley 11/2022 de Empleo Público Vasco y el EBEP: clases de personal, acceso, situaciones y régimen disciplinario. A base de tests.

90+
preguntas
2022
ley vasca
4
clases de personal
EBEP
base estatal

Ley 11/2022, de 1 de diciembre, de Empleo Público Vasco (y EBEP, texto refundido RDLeg 5/2015)

¿En qué oposiciones entra?

Es un tema del bloque común de todas las escalas de la OPE del Gobierno Vasco (Personal de Apoyo, Administrativos, Técnicos de Gestión y Superiores) y también en Diputaciones Forales y ayuntamientos.

Estructura de la norma

  • Ley 11/2022 de Empleo Público Vasco
    Norma que regula el empleo público en la Comunidad Autónoma de Euskadi. Complementa y desarrolla el EBEP en el ámbito vasco.
  • Clases de personal
    Funcionarios de carrera, funcionarios interinos, personal laboral y personal eventual, con su régimen y funciones.
  • Acceso y carrera
    Principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad; oferta de empleo público, selección, provisión de puestos y promoción interna.
  • Derechos, deberes y disciplina
    Derechos individuales y colectivos, situaciones administrativas, retribuciones y régimen disciplinario (faltas y sanciones).

Lo que más se pregunta

Clases de personal

Diferencias entre funcionario de carrera, interino, laboral y eventual; cuándo procede cada uno.

Acceso y provisión

Principios rectores del acceso, sistemas selectivos, oferta de empleo público y formas de provisión.

Situaciones y retribuciones

Servicio activo, excedencias, servicios especiales; retribuciones básicas (sueldo y trienios) y complementarias.

Régimen disciplinario

Clasificación de faltas (muy graves, graves y leves), sanciones y prescripción.

Normativa relacionada

Fuente oficial: Ley 11/2022 — texto consolidado (BOE)

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Cinco preguntas reales del banco de Empleo público en Euskadi, con la respuesta correcta y su explicación. Al estilo del examen oficial.

Pregunta 1

El acceso al empleo público se rige por los principios constitucionales de:

  • A)Mérito, capacidad y antigüedad acreditada en el sector público.
  • B)Igualdad, mérito y capacidad, con publicidad de las convocatorias.✓ Correcta
  • C)Igualdad, capacidad y confianza del órgano que convoca el proceso.
  • D)Mérito, publicidad y libre designación entre las personas aspirantes.

Por qué: Los arts. 23.2 y 103.3 CE fijan igualdad, mérito y capacidad, y la publicidad de la convocatoria es la garantía instrumental de esos principios. La antigüedad es un mérito valorable en la provisión, pero no un principio de acceso; la confianza del órgano convocante solo juega en la libre designación, que es provisión y no ingreso; y la libre designación nunca es vía de acceso al empleo público.

Pregunta 2

El sistema selectivo ordinario para el acceso a la condición de personal funcionario es:

  • A)El concurso de méritos, salvo que la convocatoria exija además pruebas.
  • B)Oposición o concurso-oposición; el concurso solo si una ley lo prevé.✓ Correcta
  • C)El concurso-oposición en todo caso, con entrevista final obligatoria.
  • D)La oposición libre, sin que quepa valorar méritos en ningún caso.

Por qué: El art. 61.6 TREBEP convierte la oposición y el concurso-oposición en los sistemas ordinarios y deja el concurso puro como excepción que ha de habilitar una ley. Invertir la regla y hacer del concurso el sistema normal es el error clásico; tampoco el concurso-oposición es obligatorio siempre ni la entrevista es preceptiva; y decir que nunca cabe valorar méritos ignora precisamente la fase de concurso.

Pregunta 3

La oferta de empleo público (OEP) es el instrumento que:

  • A)Regula la provisión de los puestos ya ocupados por personal fijo.
  • B)Articula las necesidades de personal a cubrir con nuevo ingreso.✓ Correcta
  • C)Fija las retribuciones y la plantilla presupuestaria del ejercicio.
  • D)Ordena las bolsas de trabajo para los nombramientos temporales.

Por qué: La OEP publica las plazas vacantes dotadas que se cubrirán con personal de nuevo ingreso y de ella arrancan los procesos selectivos. Cubrir puestos ya ocupados es provisión, no acceso; las retribuciones y la plantilla son materia presupuestaria; y la ordenación de bolsas sirve a nombramientos temporales, que justamente no pasan por la OEP.

Pregunta 4

Entre los requisitos generales para el acceso al empleo público figura:

  • A)Acreditar una experiencia profesional previa en cualquier otra Administración pública.
  • B)Nacionalidad exigida, titulación, capacidad funcional y no estar inhabilitado.✓ Correcta
  • C)Titulación superior a la exigida al cuerpo y carecer de antecedentes penales.
  • D)Nacionalidad española en todo caso y residencia en la Comunidad Autónoma.

Por qué: Son los requisitos generales del art. 56 TREBEP: nacionalidad, edad, titulación, capacidad funcional y no haber sido separado del servicio ni inhabilitado. No se exige experiencia previa (convertiría el acceso en promoción encubierta), ni titulación superior a la del cuerpo, ni carecer de antecedentes penales como requisito autónomo. Ojo al matiz: la nacionalidad no es siempre la española, porque las personas nacionales de la UE acceden en los términos de la ley.

Pregunta 5

Las bolsas de trabajo (listas de personas candidatas) sirven para:

  • A)Proveer con carácter definitivo los puestos vacantes de la RPT.
  • B)Nombrar o contratar personal temporal según un orden objetivo.✓ Correcta
  • C)Sustituir a la oferta de empleo público en la cobertura de plazas fijas.
  • D)Seleccionar personal de carrera cuando la oposición queda desierta.

Por qué: Las bolsas cubren necesidades temporales (interinos y laborales temporales) respetando el orden resultante de un proceso selectivo previo. No dan provisión definitiva ni condición de carrera, que solo se adquiere superando el proceso selectivo y tomando posesión; y no sustituyen a la OEP, que es el instrumento de las plazas fijas.

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Preguntas frecuentes

La Ley 11/2022 de Empleo Público Vasco, que desarrolla en el ámbito autonómico el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP). En la oposición se estudian juntas.

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