Temario oficial · Euskadi

Euskera y perfiles lingüísticos

El Decreto 19/2024, los perfiles PL1-PL4 y la preceptividad. Lo que hay que saber del euskera en la oposición, a base de tests.

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Decreto 19/2024, de 22 de febrero, de normalización del uso del euskera en las Administraciones públicas vascas

¿En qué oposiciones entra?

Afecta a todas las oposiciones de Euskadi: cada puesto lleva un perfil lingüístico, que según la fecha de preceptividad puntúa como mérito o es requisito.

Estructura de la norma

  • Marco del euskera
    El euskera como lengua propia, oficial junto al castellano, y el proceso de normalización de su uso en las Administraciones vascas.
  • Decreto 19/2024
    Norma que regula la normalización del uso del euskera en las Administraciones públicas vascas y sus perfiles lingüísticos.
  • Perfiles lingüísticos
    Los cuatro perfiles (PL1 a PL4), de menor a mayor exigencia, asignados a cada puesto de trabajo.
  • Preceptividad y acreditación
    La fecha de preceptividad (que convierte el perfil en mérito o en requisito) y la acreditación mediante títulos oficiales (HABE, EGA) o pruebas del IVAP.

Lo que más se pregunta

Cuántos perfiles hay

Los cuatro perfiles lingüísticos PL1-PL4 y su orden creciente de exigencia.

Mérito o requisito

El papel de la fecha de preceptividad: si ha pasado, el perfil es requisito; si no, es mérito.

Acreditación

Cómo se acredita el nivel (certificados de HABE, EGA, pruebas del IVAP) y las equivalencias.

Planificación lingüística

Los periodos de planificación y el objetivo de normalización del uso del euskera.

Normativa relacionada

Fuente oficial: Decreto 19/2024 (BOPV)

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Cinco preguntas reales del banco de Euskera y perfiles lingüísticos, con la respuesta correcta y su explicación. Al estilo del examen oficial.

Pregunta 1

¿Cuál es el objeto del Decreto 19/2024, de 22 de febrero?

  • A)Regular única y exclusivamente el sistema de perfiles lingüísticos del personal funcionario de carrera de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  • B)Regular la normalización del uso del euskera en las entidades que integran el sector público vasco, incluyendo la planificación lingüística y el sistema de perfiles lingüísticos.✓ Correcta
  • C)Establecer la obligación de que el euskera sea la única lengua de trabajo en el sector público vasco.
  • D)Derogar la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera.

Por qué: El artículo 1.1 del Decreto 19/2024 establece que su objeto es regular la NORMALIZACIÓN DEL USO DEL EUSKERA EN LAS ENTIDADES QUE INTEGRAN EL SECTOR PÚBLICO VASCO, incluyendo la planificación lingüística y el sistema de perfiles lingüísticos de los puestos de trabajo. El decreto no limita el uso del castellano ni deroga la Ley 10/1982.

Pregunta 2

El Decreto 19/2024 derogó expresamente:

  • A)El Decreto 250/1986, de 25 de noviembre, sobre el uso y normalización del euskera en las AA.PP. de la CAE.
  • B)El Decreto 179/2019, de 19 de noviembre, sobre normalización del uso institucional en las instituciones locales de Euskadi.
  • C)El Decreto 86/1997, de 15 de abril, por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las administraciones públicas de la CAE.✓ Correcta
  • D)La Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca.

Por qué: La disposición derogatoria del Decreto 19/2024 deroga expresamente el DECRETO 86/1997, DE 15 DE ABRIL, por el que se regulaba el proceso de normalización del uso del euskera en las administraciones públicas de la CAE. Los decretos anteriores al 86/1997 (250/1986, 224/1989, etc.) ya habían sido derogados por este mismo.

Pregunta 3

El principio de no discriminación recogido en el artículo 4.2.a del Decreto 19/2024 establece que:

  • A)Se prohíbe utilizar el castellano en las comunicaciones internas del sector público vasco.
  • B)Ninguna persona será discriminada por razón de la lengua oficial que utilice o desee utilizar.✓ Correcta
  • C)La adopción de medidas de fomento del euskera constituye discriminación respecto a los hablantes de castellano.
  • D)Las personas que no acrediten el perfil lingüístico no podrán acceder a ningún puesto de trabajo del sector público vasco.

Por qué: El artículo 4.2.a recoge el principio de NO DISCRIMINACIÓN: ninguna persona será discriminada por razón de la lengua oficial que utilice o desee utilizar. Además, el propio decreto aclara que la adopción de medidas de fomento del euskera destinadas a promover la igualdad entre vascohablantes y castellanohablantes NO se considera un acto de discriminación.

Pregunta 4

El artículo 6 de la Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del Euskera, reconoce a todos los ciudadanos y ciudadanas el derecho a:

  • A)Conocer de forma obligatoria el idioma euskera, siendo este un deber jurídicamente exigible a todos y cada uno de los habitantes de la Comunidad Autónoma de Euskadi sin excepción alguna.
  • B)Usar tanto el euskera como el castellano en sus relaciones con la Administración Pública en el ámbito territorial de la CAE, y a ser atendidos en la lengua oficial de su elección.✓ Correcta
  • C)Utilizar únicamente el euskera en sus relaciones con la Administración, dado que es la lengua propia del País Vasco.
  • D)Recibir toda la documentación administrativa exclusivamente en formato bilingüe euskera-castellano.

Por qué: El artículo 6 de la Ley 10/1982 reconoce a todos los ciudadanos y ciudadanas el derecho a usar TANTO EL EUSKERA COMO EL CASTELLANO en sus relaciones con la Administración Pública en el ámbito territorial de la CAE, Y A SER ATENDIDOS EN LA LENGUA OFICIAL DE SU ELECCIÓN. Es uno de los artículos más examinados en la batería oficial del IVAP para este tema, ya que constituye el fundamento del derecho lingüístico frente a la administración vasca.

Pregunta 5

Según el artículo 5.3 del Decreto 19/2024, cada entidad del sector público vasco deberá elaborar y aprobar los siguientes instrumentos de planificación lingüística:

  • A)Plan estratégico y plan operativo anual.
  • B)Criterios de Uso de las Lenguas Oficiales, planes estratégicos y planes de gestión.✓ Correcta
  • C)Plan de normalización lingüística decenal y planes de gestión anuales.
  • D)Criterios de Uso de las Lenguas Oficiales y plan estratégico quinquenal, sin necesidad de planes de gestión.

Por qué: El artículo 5.3 del Decreto 19/2024 enumera tres instrumentos: (a) CRITERIOS DE USO DE LAS LENGUAS OFICIALES; (b) PLANES ESTRATÉGICOS; y (c) PLANES DE GESTIÓN. Son los tres pilares de la planificación lingüística de cada entidad del sector público vasco.

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Preguntas frecuentes

Cuatro: PL1, PL2, PL3 y PL4, de menor a mayor exigencia. Cada puesto de trabajo tiene asignado uno.

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